El pasado día 22 de mayo de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial. Se trata de un registro informativo de ámbito estatal, desarrollado sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas para establecer registros industriales en sus respectivos territorios, y cuyos fines, entre otros, son los siguientes:
• Integrar la información sobre la actividad industrial en todo el territorio español que sea necesaria para el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de supervisión y control a la Administraciones Públicas sobre actividades sometidas a un régimen de comunicación o de declaración responsable.
• Constituir el instrumento de información sobre la actividad industrial en todo el territorio español, como un servicio a las Administraciones, ciudadanos y sector empresarial.
El ámbito del Registro Integrado Industrial comprenderá, entre otros, datos relativos a las empresas de actividades de reparación y mantenimiento de productos industriales, recuperación y eliminación de residuos, actividades de aprovechamiento de yacimientos minerales y demás recursos geológicos, entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes en materia de seguridad y calidad industrial.
Mediante este Real Decreto se deroga el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril, por el que se aprobó el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal. La entrada en vigor tendrá efecto a partir del 7 de agosto de 2010.